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Circular nº 981. MODIFICACIÓN DEL PLAZO PARA INICIAR ACTUACIONES EN LOS CONTRATOS TRAMITADOS DE EMERGENCIA POR LA DANA.
“se procede a la ampliación del plazo de un mes para el inicio de la ejecución del contrato, previsto en el artículo 120.1 c) de la LCSP en relación con las actuaciones de emergencia en respuesta a la DANA”.