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Circular nº 978. SOBRE LOS PRECIOS UNITARIOS QUE HAY QUE APLICAR A LOS BIENES QUE DEBEN ADSCRIBIRSE A LA EJECUCIÓN DE UN CONTRATO EN VIRTUD DE UNA MODIFICACIÓN PREVISTA EN PLIEGOS.
“Cuál es el precio unitario que debe aplicarse en el caso de modificar un contrato que comporte ampliar el número de bienes adscritos a la ejecución: ¿el precio unitario determinado en la oferta de la contratista, o este precio actualizado de acuerdo con los precios de mercado vigentes en el momento de hacer la modificación?”.